PROCESOS DE INSCRIPCIÓN, ADMISIÓN Y MATRÍCULA
PROCEDIMIENTO DE INGRESO A LA UNIVERSIDAD
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Realizar el proceso de inscripción en línea en la página web de la universidad.
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Entregar los documentos solicitados y presentar la entrevista personal y/o prueba de conocimientos en la fecha seleccionada en el proceso de inscripción.
- Si es admitido, imprima el recibo de matrícula.
- Una vez haya cancelado el valor de la matrícula preséntese en Registro Académico con los documentos solicitados en el proceso de Matrícula. Se considera que usted está matriculado cuando entrega los documentos y firma matrícula académica. Si no posee alguno de los documentos solicite información en Registro Académico.
REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN
(Reglamento Estudiantil, Cap. 2, Art. 5)
Presentar:
- Formulario de inscripción debidamente diligenciado.
- Fotocopia del documento de identidad.
- Recibo de pago de los derechos de inscripción.
- Certificado de pruebas de estado con el puntaje mínimo establecido por la Universidad, para cada programa.
a. Los estudiantes que hayan presentado el examen del ICFES antes del año 2000, deberán acreditar el siguiente puntaje:
| Administración de Empresas | 213 |
| Contaduría Pública | 213 |
| Derecho y Ciencias Políticas | 213 |
| Economía | 213 |
| Ingeniería de Sistemas | 240 |
| Ingeniería Industrial | 240 |
| Mercadeo | 213 |
| Para los programas de Medicina y Cirugía, Enfermeria Superior y Psicología solo aplica el exámen de ICFES presentado apartir del año 2000. | |
b. Los estudiantes que hayan presentado el examen del ICFES después del año 2000, deberán acreditar el siguiente puntaje por áreas:
| Enfermería Superior | |
| Biología | 30 |
| Matemáticas | 30 |
| Filosofía | 30 |
| Física | 30 |
| Química | 30 |
| Lenguaje | 30 |
| Ciencias Sociales | 30 |
| Ingeniería de Sistemas | |
| Biología | 30 |
| Matemáticas | 30 |
| Filosofía | 30 |
| Física | 30 |
| Química | 30 |
| Lenguaje | 30 |
| Geografía | 30 |
| Historia | 30 |
| Ingeniería Industrial | |
| Biología | 30 |
| Matemáticas | 30 |
| Filosofía | 30 |
| Física | 30 |
| Química | 30 |
| Lenguaje | 30 |
| Geografía | 30 |
| Historia | 30 |
| Medicina y Cirugía | |
| Biología | 30 |
| Matemáticas | 30 |
| Filosofía | 30 |
| Física | 30 |
| Química | 30 |
| Lenguaje | 30 |
| Ciencias Sociales | 30 |
| Psicología | |
| Biología | 30 |
| Matemáticas | 30 |
| Filosofía | 30 |
| Física | 30 |
| Ciencias Sociales | 30 |
| Química | 30 |
| Lenguaje | 30 |
| Administración de Empresas | |
| Ingles | 30 |
| Matemáticas | 30 |
| Filosofía | 30 |
| Lenguaje | 30 |
| Ciencias Sociales | 30 |
| Contaduría Pública | |
| Matemáticas | 30 |
| Filosofía | 30 |
| Ingles | 30 |
| Lenguaje | 30 |
| Ciencias Sociales | 30 |
| Derecho y Ciencias Políticas | |
| Biología | 31 |
| Matemáticas | 31 |
| Filosofía | 31 |
| Fisica | 31 |
| Quimica | 31 |
| Lenguaje | 31 |
| Geografia | 31 |
| Historia | 31 |
| Economía | |
| Matemáticas | 30 |
| Filosofía | 30 |
| Ingles | 30 |
| Lenguaje | 30 |
| Ciencias Sociales | 30 |
| Mercadeo | |
| Matemáticas | 30 |
| Filosofía | 30 |
| Ingles | 30 |
| Lenguaje | 30 |
| Ciencias Sociales | 30 |
REQUISITOS DE TRANSFERENCIA
(Reglamento Estudiantil, Cap. 6, Art. 27)
Se podrá conceder transferencia cuando:
- El solicitando haya cursado por lo menos dos (2) períodos académicos semestrales o uno anualizado.
- El programa del cual proviene reúna similares condiciones académicas al de la Universidad Libre.
- El promedio general de notas obtenidas en la institución de origen, sea igual o superior a trs punto cinco (3.5).
- Se anexe certificado de la institución de educación superior de no haber perdido ningún período académico.
Requisitos bajo el sistema de créditos académicos. Los estudiantes admitidos por transferencia deberán cursar y aprobar en la Universidad Libre como mínimo, un equivalente al 30% de los créditos del respectivo programa académico.
Documentos para la transferencia. A la solicitud se debe acompañar, además de los correspondientes según los requerimientos legales, los siguientes:
Formulario de transferencia
Certificado de calificaciones de las asignaturas cursadas en el institución de origen
Plan de estudios y programas analíticos vigentes de las asignaturas cursadas, autenticados por la autoridad académica de la institución de origen
Paz y salvos académico y financiero y certificado de conducta expedido por la institución de procedencia
Pago de los derechos pecuniarios establecidos por la Universidad
REQUISITOS DE MATRICULA
(Reglamento Estudiantil, Cap. 3, Art. 17)
Para que se considere efectuada la matrícula deben cumplirse los siguientes requisitos:
Haber sido admitido.
Aporta los siguientes documentos:
- El título de bachiller, mediante la presentación del acta de grado o copia del título de bachiller o su equivalente expedido en el exterior, debidamente reconocido por la autoridad nacional competente
- Registro civil de nacimiento
- Constancia vigente de afiliación o beneficiario de una entidad prestadora del régimen de seguridad social en salud
- Tres fotografías recientes a color, tamaño cédula
- El recibo de cancelación de los derechos pecuniarios de los créditos a cursar. Con este pago se entiende tiene formalizada la matrícula
Para quien al momento de la matrícula esté o haya cursado undécimo grado, el requisito del título de bachiller se suplirá con certificación que sobre éste hecho expida la respectiva institución académica. En este caso, el estudiante está obligado a acreditar el título dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de la matrícula. De no hacerlo, ésta será inexistente. La Universidad no reembolsará ni abonará el valor de la misma.
MATRICULA FINANCIERA:
El pago de la matrícula se realizará en el Banco y en las fechas que el tabulado de matrícula indique.
DE LOS DERECHOS PECUNIARIOS
La Universidad no reintegrará valores cancelados por derechos pecuniarios, sin embargo, ante circunstancias de fuerza mayor o casos fortuitos debidamente probados y calificados por el respectivo Consejo Directivo, previa solicitud hecha por el estudiante dentro del mes siguiente a la iniciación del período Académico, podra restituir hasta el ochenta (80%)del valor de la matrícula.
Apartir del segundo periodo académico cursado, el estudiante podrá solicitar el aplazamiento del mismo, al Comité de Unidad Académica, caso en el que no habrá devolución del dinero y el recibo se aplicará dentro del los dos periodos siguientes exclusivamente.




